DIEZ AÑOS DESDE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA UNE EN54-23 (Dispositivos de Alarma Visual– VAD).

¿Crees que se implementan adecuadamente?

Esta norma europea publicada en 2010 entró en vigor el 1 de enero de 2014 permitiendo a los fabricantes certificar los VAD (Dispositivos Visuales de Alarma) en términos del rango en el que se cumple la iluminación requerida para  alertar visualmente a los ocupantes  de  un edificio que se ha producido una emergencia de incendio con el fin de permitir a que estas personas tomen las medidas apropiadas.

¿Qué características deben cumplir los Dispositivos Visuales de Alarma UNE EN54:23?

Antes de la EN54:23 no habían establecidos procedimientos de evaluación regulados normativamente que permitieran medir la efectividad de los Dispositivos Visuales de Alarma (VAD) y comparar el rendimiento de los diferentes equipos existentes en el mercado.

La norma UNE EN54-23 ha sido desarrollada para estandarizar los requisitos, métodos de ensayo y prestaciones de  los  (VAD)  Dispositivos de Alarma Visual y asegurar que la emisión de luz que emiten es homogénea dentro de su cobertura (únicamente en los equipos clase C y W); facilitando  al  proyectista  un valor  imprescindible  para diseñar  correctamente  la  efectividad del  sistema de alarma  Visual.  Debiendo garantizar una iluminación mínima de 0,4lm/m2 (0,4lux) sobre la superficie que se encuentre dentro de su cobertura y una frecuencia de funcionamiento entre 0,5 y 2,0 Hz.

Bajo estos condicionantes los dispositivos VAD se han clasificado en tres categorías :

W – (Wall) Instalación en pared

      C  – (Ceilling) Instalación en Techo

           O – (Open Category) Categoría Abierta

Las categorías W (Pared) y C (Techo), es el laboratorio el que certifica claramente los parámetros de instalación de posición (techo o pared), altura, longitud y anchura. Con estas dos categorías podemos definir la forma y volumen cubierto al estar claramente fijados por el laboratorio. La categoría O es el fabricante el que declara la cobertura del dispositivo, por lo que el laboratorio únicamente certifica el dispositivo electromecánicamente y el fabricante debe informar claramente sobre el patrón de cobertura que declara.

Dispositivos Visuales de Alarma Clase W

Instalación en pared

Los dispositivos VAD clasificados W deben instalarse en pared teniendo en cuenta los parámetros definidos en su certificación, y calculando el volumen capaz de cubrir en base a los parámetros de W-x-y, donde W es el indicador de montaje en pared, «x» es la máxima altura de montaje en metros e «y» la anchura y longitud de iluminación.

VAD PARED

Dispositivos Visuales de Alarma Clase C

Instalación en techo

Los dispositivos VAD clasificados C deben instalarse en techo teniendo en cuenta los parámetros definidos en su certificación, y calculando el volumen capaz de cubrir en base a los parámetros de C-x-y, donde C es el indicador de montaje en TECHO, «x» es la máxima altura de montaje en metros e «y» el diámetro de iluminación.

La gama de dispositivos VAD certificados EN54-23 Clase W de PROTEC poseen un rango ajustable de (x) 2,4 m de altura, hasta (y) 7 m de longitud/anchura. W-2,4-7 en dispositivos analógicos o convencionales.

La gama de dispositivos VAD certificados EN54-23 Clase C de PROTEC poseen un rango ajustable de (x) 3 m de altura, hasta (y) 7,5 m de diámetro. C-3-7,5  en dispositivos analógicos o convencionales.

¿Cuándo debo instalar VADs (Dispositivos Visuales de Alama)?

Desde la modificación del Código Técnico de la Edificación en 2010 a través del Real Decreto 173/2010 de 19 de febrero. Siempre que sea necesaria la instalación de un sistema de alarma según la Tabla 1.1 de su documento Básico de Seguridad DBSI 4.

El sistema de alarma trasmitirá señales visuales además de acústicas.

Con la entrada en vigor en Diciembre de 2017 del Reglamento de instalaciones de Protección Contra Incendios publicado a través del Real Decreto 513/2017 de 22 de mayo. Se acabo de definir el alcance de implementación de las alarmas visuales al requerir que :

  1. Tanto el nivel sonoro, como el óptico de los dispositivos acústicos de alarma de incendios y de los dispositivos visuales (incorporados cuando así lo exija otra legislación aplicable*) o cuando el nivel de ruido ambiental supere los 60db(A)**, o cuando los ocupantes habituales del edificio/establecimiento sean personas sordas o sea probable que lleven protección auditiva, serán tales que permitirán que sean percibidos en el ámbito de cada sector de detección de incendio donde estén instalados.

Los dispositivos acústicos de alarma de incendio deberán llevar el marcado CE, de conformidad con la norma UNE-EN 54-3.

Los dispositivos visuales de alarma de incendio deberán llevar el marcado CE, de conformidad con la norma UNE- EN 54-23.

Enlace BOE

Tras 14 años de la publicación de la UNE EN 54:23 y 10 años de su entrada en vigor. Seguimos encontrando actores que justifican la no necesidad de implementar Dispositivos Visuales de Alarma (VAD) que garanticen su percepción en el ámbito de cada sector de detección de incendios, en los usos donde se exige un sistema de alarma según el CTE DB-SI, o en aquellos entornos donde el nivel de ruido ambiental supere los 60db(A), entre otros.

Si tenemos en cuenta que el sistema de alarma según CTE DB-SI siempre debe ser visual además de acústico, tomamos como referencia de ruido ambiental los valores que la BS 5839-1 facilita para el diseño de sistemas de alarma y la obligación según RIPCI de su percepción en todos los sectores de incendios cuando es requerido un sistema de alarma visual.

Concluiremos qué tras 10 años desde la entrada en vigor de la UNE EN54:23 (Dispositivos de Alarma Visual (VAD)), según el marco normativo actual, sigue estando lejos de su adecuada implementación.

** Algunos valores de ruido ambiental recogidos en la BS 5839-1

Area/Uso
CaracterísticadB(A)
Habitaciones de HotelTV encendida

TV apagada

60 a 70

28 a 35

Bancos, Edificios de oficinasZonas Públicas50 a 64
ClasesSilenciosas

Ruidosas

56 a 68

64 a 72

OficinasCompartimentadas

Abiertas

Ruidosas

40 a 50

50 a 70

70 a 85

Centros comerciales70 a 75
AlmacenesSilenciosos

Ruidosos

47 a 63

63 a 80

La tabla pretende ser sólo una guía, pero cuando se utilice para evaluar los requisitos del sistema de alarma contra incendios, siempre se deberá utilizar la cifra más alta de las dos dB(A) en el uso apropiado. Siempre que sea posible, se deben realizar mediciones «reales» en el edificio donde se instalará el sistema de alarma contra incendios.

Descarga AQUI la guía completa de diseño de sistemas de alarma


*Otra legislación aplicable, hace referencia al DB-SI; DB-SUA 2 del Código Técnico de la Edificación.

** Ver Tabla de valores de ruido ambiental indicados en la BS 5839-1

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